Los integrantes de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, dejó este miércoles listo el proyecto que regula esta modalidad de empleo, luego de cuatro reuniones informativas vía teleconferencia.
Este dictamen, que será consensuado, tuvo que tener una cuarta juntada luego de que algunos legisladores afirmaran que la discusión todavía estaba abierta debido a objeciones planteadas por los miembros del empresariado, que incluso fueron consideradas como “entendibles”, y en otros casos, compartidas por legisladores de la Coalición Cívica y de la UCR.
Estas críticas incluían desde el hecho de que haya una ley para regular el teletrabajo ya que la modalidad existe y es reglamentada a través de convenios colectivos, hasta la posibilidad de que ciertos aspectos que figuran en los proyectos de ley sobre este tema impactan negativamente en el sector de las Pymes porque está pensado para grandes empresas.
Previo a la última reunión, el Frente de Todos y Juntos por el Cambio, trabajaron a contrarreloj para acercar sus posiciones y, finalmente, el acuerdo se plasmó en el dictamen unificado pese a las firmas con disidencias parciales de la oposición.
Un cambio al borrador original fue la incorporación de un plazo de 90 días después de la finalización del aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, para la entrada en vigencia de la ley, dándole así, un margen de tiempo a todos los empleadores para que puedan adecuarse a las exigencias demandadas por el nuevo marco normativo, que es algo que en plena cuarentena se considera que sería peligroso debido a la fuerte caída de la actividad.
En el debate, Vanesa Siley, del Frente de Todos y presidenta de la comisión, resaltó que “hemos arribado a un consenso donde hubo que articular intereses muchas veces contrapuestos y así y todo hemos emitido un dictamen protectorio para el trabajo».
Además, Albor Cantard de la UCR y vicepresidente de la comisión, agregó que la regulación es «garantizar un piso de derechos a los trabajadores», mientras que las especificidades de las prestaciones quedan libradas a las negociaciones de los convenios colectivos de cada actividad.
Otro que dio su palabra fue Hugo Yasky, diputado oficialista y titular de la CTA de los trabajadores, que consideró que «es una forma de evitar esos vacíos legales que suelen terminar en abusos de algunos sectores empresarios».
Por último, Maximiliano Ferraro, jefe de la Coalición Cívica ARI, destacó que «es una oportunidad perdida la falta de incentivos fiscales en este contexto de profunda crisis que castiga fuertemente a pequeñas y medianas empresas».
La ley
TELETRABAJO – Resolución conjunta del Ministerio de Trabajo y Ministerio de Educación sobre Teletrabajo. pic.twitter.com/6MIBacW8De
— AbogadosdelFuero (@AbogadosdelF) June 25, 2020
Esta iniciativa modifica la ley de Contratos del Trabajo, e indica que las personas que se desempeñan bajo la modalidad de trabajo remoto, «gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial».
Además, la normativa señala que la prestación a distancia es voluntaria, por lo que no puede ser impuesta por el empleador, y por lo tanto reversible, al mismo tiempo que regula el “derecho a la desconexión” del empleado remoto. Esto, establece que “el empleador debe proporcionar el equipamiento – hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja».
Por último, en cuanto a los cuidados, ayuda a quienes «acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultos mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada».